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Bienvenidos al nuevo Blog de Asesoría Tax. En el iremos publicando toda la información que consideremos más relevante para vosotros

Guía de impuestos para empresarios y autónomos

Te presentamos una guía básica de los diferentes impuestos que debes presentar si eres autónomo.

Los autónomos, además de tener que presentar la Declaración de la Renta, también tienen otras obligaciones fiscales como presentar distintos modelos tributarios para realizar pagos a cuenta o para ingresar retenciones, liquidaciones trimestrales o declaraciones informativas.

A continuación encontrarás una guía con el detalle, por modelo, de estas obligaciones periódicas:

 

  • MODELO 111 IRPF

Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Autoliquidación.

Deben presentarlo quienes durante el trimestre correspondiente hayan abonado rentas, sujetas a retención o ingreso a cuenta, correspondientes a nóminas de empleados, a facturas de profesionales y a facturas de compra de algunas actividades. El Resumen Anual es el Modelo 190.

Presentación: trimestral:
- 1T: del 1 al 20 de abril.
- 2T: del 1 al 20 de julio.
- 3T: del 1 al 20 de octubre.
- 4T: del 1 al 20 de enero.

 

  • MODELO 115

Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos de alquileres o subalquileres de inmuebles urbanos. Autoliquidación.

Deben presentarlo: quienes hayan abonado rentas por el arrendamiento o subarrendamiento. Se presenta de manera trimestral y, al final del año, también debe presentarse el resumen anual de todas las retenciones del ejercicio, detallando la identidad de los perceptores en el Resumen Anual Modelo 180.

 

  • MODELO 130 y 131 IRPF

Actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva. Es en relación al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Deben presentarlo aquellos contribuyentes que ejerzan una actividad económica excepto quienes desarrollen actividades profesionales, si en el año natural anterior al menos el 70% de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta y los que ejerzan actividades agrícolas, ganaderas o forestales, si en el plazo antedicho al menos el 70% de los ingresos procedentes de la explotación o actividad, subvenciones e indemnizaciones al margen, estuvo sometido a retención o ingreso a cuenta.
Se presenta cada trimestre.

 

  • MODELO 303 IVA

Autoliquidación.
Deben presentarlo empresarios o profesionales que realicen entregas de bienes o servicios sujetos al IVA. Con carácter general la liquidación es trimestral. Sin embargo puede ser también mensual en el caso de grandes empresas o los inscritos en el Registro de Liquidación Mensual.

 

  • MODELO 347

Declaración anual de operaciones con terceras personas
Deben presentarlo personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que desarrollen actividades empresariales o profesionales. Se presenta en febrero del año siguiente al referido en la declaración.

 

  • MODELO 349

Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias.
Empresarios o profesionales que realicen 5 tipos de operaciones: entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes, prestaciones y adquisiciones intracomunitarias de servicios y entregas en operaciones triangulares.

Declaración mensual: cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse en la declaración recapitulativa sea superior a 50.000 €, excluido el IVA.

Declaración trimestral: Cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse en la declaración recapitulativa no sea superior a 50.000 €, excluido el IVA.

Declaración anual: En los siguientes casos,
- Que el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios, excluido el IVA, realizadas durante el año natural anterior no haya sobrepasado 35.000
- Y que el importe total de las entregas de bienes, que no sean medio de transporte nuevos, exentas del impuesto, no exceda de 15.000 €.

 

Si tienes alguna duda sobre los impuestos que debes presentar o sobre cómo se deben presentar, ponte en contacto con nosotros.

 


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